domingo, 21 de abril de 2013

Mariano somos todxs, ¡la lucha continúa!


Hace unas horas, el Tribunal Oral en lo Criminal 21, leyó el fallo de la causa por el asesinato del compañero Mariano Ferreyra el 20 de octubre de 2010. Fue una larga jornada donde montones de organizaciones políticas, gremiales y sociales nos encontramos frente a los tribunales de Comodo Py: queríamos escuchar que condenaban a perpetua a Pedraza.
Mas allá de que los fundamentos de la sentencia se conocerán el 17 de junio, ya podemos decir que, pese a ser una condena, no se da cuenta del exacto rol que le cupo a Pedraza en el asesinato de Mariano, ni se castiga el hecho con la gravedad que merecía.
No fue Pedraza un cómplice cualquiera en este hecho, debió haber sido condenado al menos como instigador. Además, sobre la evidente responsabilidad penal de funcionarios del gobierno nacional en el encubrimiento de los hechos, los jueces dijeron que no advirtieron elementos para investigar eventuales responsabilidades penales de oficio.
Consideramos que en el mismo juicio se probaron los lazos espurios entre las empresas, la burocracia sindical y el Estado para generarse enormes ganancias. Fue en defensa del modelo de tercerización de cientos de trabajadorxs que impulsa el Ministerio de Trabajo que se asesinó a Mariano.
El fallo al menos debió ordenar que se inicien investigaciones penales sobre personajes como el ministro de Trabajo Carlos Tomada [1] y en este sentido hizo la vista gorda, lavándole la cara al kirchnerismo y dejando a la eventual iniciativa de las querellas la posibilidad de formular nuevas denuncias.
La condena para José Ángel Pedraza, ex secretario general de la Unión Ferroviaria, fue de 15 años de prisión por ser considerado “partícipe necesario” pero no instigador del crimen como pidió la querella.
La misma condena recayó sobre Juan Carlos Fernández. A esos años, le siguieron los 18 para Cristian Daniel Favale, Gabriel Fernando Sánchez y Pablo Marcelo Díaz, 11 para Jorge Daniel González y Salvador Pipitó, 10 para los policías Jorge Ferreyra y Luis Mansilla, 8 para Claudio Gustavo Alcorcel, y 2 años de prisión de ejecución condicional a los policías Hugo Lompizano, Luis Echavarría y Gastón Conti. En cuanto al camarógrafo policial David Villalba, se lo condenó a pagar una multa de 12.500 pesos, y los ferroviarios Guillermo Uño y Juan Carlos Pérez y el Subcomisario Rolando Garay, fueron absueltos.
La enorme militancia desplegada en torno a la búsqueda de justica, les hizo imposible una condena menor.
Resaltamos el rol del equipo que encaró la querella, con Carmén Verdú y la CORREPI a la cabeza. Quienes confiamos en que sólo el pueblo organizado será dueño de su futuro vencedor, no depositamos grandes esperanzas en la Justicia, aún hoy llena de quienes vendieron a nuestrxs compañerxs durante el genocidio de los 70, y que fallan a favor de abusadores de mujeres y menores y funcionarios corruptos. Sin embargo, las condenas significan cierto avance en la búsqueda de juicio y castigo, pese a que muchxs buscábamos (y lo seguiremos haciendo) que a la burocracia asesina y sus patotas, a la maldita policía y sus amigos gobernantes, les caiga sobre sus cabezas el futuro de pasar sus próximos y últimos años en cárcel común y efectiva.
Por Mariano Ferreyra y Elsa Rodríguez, y por todxs lxs compañerxs trabajadorxs precarizadxs que siguen adelante construyendo otro sindicalismo, exigimos perpetua para Pedraza y todos los responsables políticos y materiales del asesinato. Y porque hace años estamos en la lucha construyendo desde abajo poder popular, les decimos que ni muertxs nos detendrán, porque no existen balas que maten los sueños.
Compañero Mariano Ferreyra, ¡PRESENTE en cada lucha! ahora y SIEMPRE.
Nota: [1] El fallo dice expresamente: XXXII. En cuanto a los pedidos de las partes referidos a la extracción de testimonios, para investigar las eventuales responsabilidades penales que en el curso de este juicio, y en torno al hecho sobre el cual este Tribunal emitiera fallo, consideramos que si bien no advertimos elementos suficientes para la actuación de oficio, a fin de no restringir derechos de las partes habremos de poner a disposición de éstas, tanto el acta como el fallo, y el audio para que efectúen denuncias ante la autoridad que estimen corresponder.
CORRIENTE DE ORGANIZACIONES DE BASE LA BRECHA – COB LA BRECHA

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